Empresarios españoles apelaron al Tribunal Supremo sobre las disposiciones del plan de igualdad

Empresarios españoles apelaron al Tribunal Supremo sobre las disposiciones del plan de igualdad

Según la Agencia Europa News, la Asociación de Empresarios españoles de la CEOE apeló al Tribunal Supremo Federal. El decreto regula el plan de igualdad de la empresa.

El decreto fue aprobado el 13 de octubre y entró en vigor en enero del año pasado. Fuentes de organizaciones empresariales confirmaron que el motivo del desafío era desarrollar un proceso de negociación planificado ante la ausencia de una empresa cuyos trabajadores estuvieran legalmente representados.

El plan financiero y su reglamento de registro estipulan que en ausencia de representantes legales de los empleados de la empresa, se establecerá un comité de negociación.

El comité está compuesto por representantes de la empresa por un lado y representantes de los trabajadores por otro para establecer un sindicato.

Representantes y sindicatos representantes de la industria de la empresa y legalmente autorizados a participar en la mesa de negociación de los convenios colectivos aplicables.

Cada lado del comité de negociación puede acomodar hasta seis personas. Los representantes sindicales serán proporcionales a los representantes departamentales y garantizarán la participación de todos los sindicatos legales.

El decreto establece que el comité sindical se incorporará oficialmente a la institución u organización y el comité responderá a la convocatoria de la empresa en un plazo de diez días.

El CEO no está de acuerdo con que algunos negociadores en empresas sin representantes legales de los trabajadores estén obligados a formular planes de igualdad de género sin dar a los trabajadores la oportunidad de encontrar otros representantes, incluso si finalmente eligen Europa News para informar de manera más representativa.

CEOE ha rechazado el acuerdo sobre el plan de igualdad de género

Empresarios españoles expresaron su descontento con esto en el pasado, lo que es importante para los empresarios a distanciarse de los acuerdos en el diálogo social sobre este tema. Al final, el Ministerio de Trabajo solo aprobó el decreto con el apoyo del sindicato.

El CEO entiende que está tratando de implementar la «reforma laboral encubierta» relacionada con el artículo 5.3 del reglamento, que describe el proceso de negociación de un plan de igualdad de género sin representante legal. CEOE dijo en un comunicado de julio: «La democracia de la empresa incluye dar a los trabajadores la libertad de negociar y decidir lo que les afecta, sin protección».

Los empresarios españoles  también se quejaron de que la norma dificulta las cosas a las empresas que no han negociado un plan de igualdad sindical con los sindicatos y priorizan la infiltración sindical entre empresas sin representación.

Según Europa Publishing House, cree que la normativa restringe «por completo» el poder de negociación de los trabajadores, lo cual es enteramente en beneficio del sindicato.

Por ello, CEOE ha subrayado que la diferencia entre su acuerdo con el Ministerio de Trabajo e Igualdad de Género es «un tema político amplio que nada tiene que ver con la igualdad de género. Las empresas españolas también están implicadas».

El Consejo de Estado aprobó este punto

Las organizaciones empresariales también expresaron dudas al gobierno sobre la legalidad del artículo 5 (3) del Reglamento.

CEOE manifestó que considera que va más allá de la autoridad que otorga la Ley de Igualdad para formular requisitos normativos, que enumera los materiales a formular sin especificar quién tiene derecho a discutir el plan. Sin embargo, el primer ministro no estuvo de acuerdo con la opinión del director general.

Finalmente, el Consejero Delegado remitió la decisión al Supremo Tribunal Federal en un proceso administrativo contra el Real Decreto 901/2020 el 13 de octubre.

De acuerdo con la decisión de los ministerios y comisiones que dependen de la Presidencia de la República publicada en el Diario Oficial (BOE) el miércoles, los interesados ​​en este recurso serán convocados para responder al Tribunal Supremo Administrativo dentro de los nueve días siguientes siendo notificado. esta decisión.

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